«Las crisis familiares no son tratadas de igual forma en un juzgado de pueblo o periferia que en una gran población». Natalia Velilla, magistrada de Madrid y socia de la Plataforma, escribe sobre la Justicia de dos velocidades.

 

POR LOS CIUDADANOS

Natalia Velilla Antolín

Magistrada de Madrid 

 

La mayoría de los jueces que acceden a la Carrera Judicial cada año, en su primer destino, acaban en los denominados “juzgados mixtos” que son aquellos que comparten jurisdicción civil de primera instancia y jurisdicción penal en materia de instrucción. Muchos de ellos, además, o tienen encargado el Registro Civil del partido o tienen competencias compartidas en violencia sobre la mujer. Con este panorama, es fácil imaginarse su día a día. Y no son pocos. La mayoría de las localidades de España tienen juzgados mixtos.

               Normalmente, en la semana de guardia del juzgado (que puede ser cada siete u ocho semanas o cada dos, dependiendo del número de juzgados mixtos que tenga el partido), no se suelen señalar juicios civiles puesto que la guardia –ordinaria y de violencia sobre la mujer– absorbe la actividad judicial. El resto de semanas libres, los juzgados suelen dedicar dos días a juicios, la mayoría civiles, aunque también hay que destinar alguna jornada a la celebración de juicios por delitos leves. El resto de días lo destinan a realizar diligencias de investigación en las causas que están instruyendo, actos de trámite, diligencias presenciales y dictado de sentencias y autos. Todo esto cambia si es un juzgado único, que tienen que compaginar la sempiterna guardia con la actividad ordinaria del juzgado.

               A medida que los jueces adquieren antigüedad, la mayoría de ellos van mejorando su destino hacia juzgados de una única jurisdicción.

               Sin embargo, los que concursan a un juzgado de primera instancia, no siempre tienen la suerte de dedicarse exclusivamente a familia o a civil general y comparten el colapso de la jurisdicción civil –morosidad, monitorios, ejecuciones, desahucios, etc.­– con la saturación de la jurisdicción de familia.

               En mi opinión, el error de base consiste en asimilar la materia de familia a la de primera instancia. Esta última ya es, de suyo, una jurisdicción amplísima, que contempla derechos de la personalidad, protección de derechos fundamentales, derechos reales en todas sus expresiones, obligaciones y contratos y sucesiones, en una hipertrofia creciente por la falta de medios. El legislador, para “agilizar” la justicia, cada cierto tiempo introduce modificaciones en las leyes rituarias bajo el principio de los vasos comunicantes, atribuyendo competencias otrora mercantiles o contencioso administrativas a la “jurisdicción-esponja”, la civil, que todo lo recoge.

               El resultado de todo esto no es otro que la constatación de una Justicia de dos velocidades. Una mujer víctima de violencia de género no recibe el mismo trato en un pueblo que en las poblaciones grandes, por el mero hecho de que las instalaciones, los jueces, los fiscales y los funcionarios que la atienden a veces no están especializados en la materia, mientras que en ciudades como Madrid o Barcelona, los juzgados de violencia tienen guardias diarias, instalaciones ad hoc y profesionales especialmente preparados para la atención de este tipo de víctimas. Lamentablemente, vivimos en un país en el que las leyes reguladoras de los procesos judiciales carecen de memoria económica, por lo que, para titulares de prensa, quedan aparentes y pintureras pero, en la práctica, son leyes a coste cero con escaso resultado práctico.

               En la misma línea, las crisis familiares no son tratadas de igual forma en un juzgado de pueblo o periferia que en una gran población. Incluso puedo afirmar sin temor a faltar a la verdad, que, en la jurisdicción de familia, la desigualdad es mucho mayor que en la otra materia a la que hacía referencia, porque es mucho más habitual encontrarse con un juzgado especializado en violencia sobre la mujer en poblaciones medianas que con un juzgado específico de familia.

               La desigualdad en el trato no es un tema baladí. Siempre digo que cualquier ciudadano tiene mayor probabilidad de verse ante un juez en un tema de familia o en un tema laboral que en cualquier otra materia. Sin embargo, si bien hay juzgados especializados en materia social a nivel provincial o comarcal, no existe ninguna especialización para familia.

               La desigualdad de los ciudadanos se traduce, por mera estadística, en un exceso de inseguridad jurídica ante la multitud de órganos judiciales competentes en materia de familia que resuelven de forma desigual supuestos semejantes. Pero, sobre todo, la diferencia de trato se refleja en la brutal divergencia de medios destinados a unos y otros órganos judiciales. Los contrastes existentes entre los juzgados como consecuencia de las distintas administraciones prestacionales, nos lleva a mirar con cierta envidia a algunas Comunidades Autónomas con mayor sensibilidad hacia la materia que dotan de equipos, profesionales e instalaciones dignas a sus órganos judiciales, frente a otras, como Madrid, donde la situación es especialmente lamentable en la periferia. La inseguridad, la precariedad e indignidad de medios y la saturación de los jueces de primera instancia llevan a que los ciudadanos no tengan la calidad en la administración de justicia que un estado como el nuestro debe prestarles, pese a los esfuerzos personales de todos los operadores jurídicos. No es de recibo que un informe psicosocial tarde más de un año en ser emitido. Tampoco debería normalizarse el hecho de que el fiscal no pueda asistir a algunos juicios de familia porque el destacamento carece de efectivos suficientes y tenga que priorizarse una actuación de la guardia o un juicio penal a una vista de medidas provisionales. Es inaceptable que los juicios de familia se tengan que celebrar apelotonados en un único día para facilitar la presencia del fiscal y para que el resto de días de señalamientos deban ser destinados a los procesos civiles ordinarios del juzgado.

               La concentración de los asuntos en juzgados especializados, con fiscales adscritos y equipos psicosociales propios ­–en Torrejón de Ardoz, localidad en la que he servido siete años de mi vida, había dos equipos para cinco juzgados de primera instancia, un juzgado de violencia sobre la mujer y cuatro juzgados de instrucción que compartían con los seis juzgados mixtos de Coslada y el juzgado de violencia sobre la mujer de este partido judicial, más de un año para obtener un informe– y jueces que no tengan que hacer equilibrios malabares para encajar la guardia, el Registro Civil, la orden de protección de turno o el internamiento involuntario de marras con escuchar los problemas de las familias y darles solución, es imprescindible.

               Por todo ello, gente como yo, que conocemos de primera mano lo que sucede en los juzgados, reclamamos la especialización de la jurisdicción de familia. Por los ciudadanos.    

HAZTE SOCIO

Error: Formulario de contacto no encontrado.

Bajo ningún concepto en la web aparecerá ni su DNI ni dirección postal